La cédula colombiana ya no será el documento único para identificarse en los aeropuertos del país y ahora podrá usar el pase de conducción, el pasaporte, la libreta militar o una tarjeta profesional.

Asi dice la resolución 00141 del 10 de enero del año 2020 expedida por Aeronáutica civil de Colombia, que incluso señala que esos documentos podrán presentarse de forma física o digital.

Esa facilidad de volar sin la cédula colombiana la dará la Aerocivil para los vuelos nacionales, mientras que para los internacionales se debe presentar el pasaporte.

Señor usuario, si perdió sus documentos y planea viajar; para vuelos nacionales podrá presentar otros documentos en el aeropuerto”, señala la Aerocivil.

Y posteriormente enumera la tarjeta militar, la licencia de conducción, el pasaporte y las tarjeta profesionales como documentos válidos.

La entidad gubernamental que regula el transporte aéreo, también resaltó en el comunicado que el pasaporte, la licencia de conducción, libreta o cédula militar o la tarjeta profesional servirán como documento de identificación, siempre y cuando se encuentren vigentes.

Por su parte, los extranjero deberán identificarse con el pasaporte i la cédula de extranjería, excepto aquellos del área andina y cuyo países tengan convenios de creación de pasajeros en los aeropuertos y en atención al tráfico aéreo.

La nueva determinación de la Aerocivil entrará inmediatamente en funcionamiento en los diferentes terminales aéreos de Colombia.