Juan Carlos Vélez rebajará el costo de los servicios públicos, mediante la destinación de excedentes de Empresas Públicas de Medellín, dineros que antes se fueron a burocracia o a comprar empresas por valores exorbitantes, que finalmente fueron malos negocios para EPM.

Vélez es el único de los candidatos a la Alcaldía de Medellín con experiencia en el manejo de dineros públicos y su propuesta de bajar los costos de los servicios públicos está basada en un estudio del manejo del presupuesto de EPM y los recursos del municipio y su manejo de acuerdo a las leyes vigentes.

Durante el año 2019 Empresas Públicas de Medellín transfirió al municipio de Medellín, vía excedentes, un total de 1,2 billones de pesos.

En años anteriores estos recursos se invirtieron así, 900 mil millones de pesos en deporte y cultura en los últimos 6 años (150 mil millones al año) y 770 mil millones en infraestructura y movilidad (128 mil millones al año).

Por eso, Juan Carlos Vélez señaló que sí es posible rebajar las tarifas de los servicios públicos, si esos excedentes van a parar a manos de las personas más importantes para la empresa y la ciudad: sus socios, es decir los medellinenses.

Y ¿Cómo lograrlo? “Es posible rebajar un 10% para los estratos 1, 2, y 3; un 7% para el estrato 4 y un 5% para los estratos 5 y 6 del valor final de la factura de los servicios públicos de toda la ciudad.

“Esto tendría un costo aproximado de 172 mil millones de pesos, según el siguiente estudio:

¿ Juan Carlos Vélez beneficiará cada barrio de Medellín?

Hay varias herramientas jurídicas para que esos recursos impacten en una rebaja en los servicios públicos de todos los medellinenses. “Ninguna de ellas tocaría la tarifa, pues somos conscientes de que ni el Alcalde ni EPM tiene competencia para ello. Lo primero es la destinación de los excedentes de EPM”, dijo Juan Carlos Vélez.

Por ejemplo, si para el 2020 las transferencias son un billón de pesos, se destinará un 17% para todos los medellinenses. 2. Por otro lado, existe la posibilidad de la modificación de la estructura de los subsidios: la Ley 142 de 1994 de servicios públicos, en su Art. 5o establece que es competencia de los municipios “Disponer el otorgamiento de subsidios a los usuarios de menores ingresos, con cargo al presupuesto del municipio, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 60/93 y la presente Ley.”

En ese sentido, se modificaría el Acuerdo 60 de 2017 que fija el monto de subsidio de agua, saneamiento básico y recolección de basuras, el que reciben los estratos 1, 2 y 3 y el que dan los estratos 5 y 6, y así mismo nos acogeríamos a lo señalado en la Ley 1117 de 2006 modificada por el art. 1, Ley 1428 de 2010 que establece que el subsidio de energía y gas es del 60% para el estrato 1 y 50% para el 2, modificando así mismo la tarifa que pagan por este concepto los estratos 5 y 6”, dijo el candidato a la Alcaldía de Medellin.