La Procuraduría General de la Nación solicitó a la juez del caso excluir 28 de las interceptaciones telefónicas realizadas al celular del ex presidente Álvaro Uribe Vélez, en las cuales recibía información de su entonces abogado, Diego Cadena.

Estas interceptaciones telefónicas se considera eran comunicaciones oficiales de un jurista y su defendido, Diego cadena y Álvaro Uribe Vélez, en las cuales se establecieron elementos para la defensa del cliente, las cuales están protegidas, en su escucha e inviolabilidad, por el artículo 74 de la Constitución Política de Colombia, que establece el secreto profesional en todas las comunicaciones que se produzcan entre abogado y cliente.

Agregando la Procuraduría que el contenido de estas conversaciones evidencia una relación profesional que es esencial para la defensa del acusado.

“…No es sencillo establecer de tajo la solución al problema jurídico que surge sobre la legalidad de las interceptaciones telefónicas a Diego Cadena y Álvaro Uribe Vélez… Es necesario proteger las conversaciones con el abogado, pues son catalogadas íntimas… Por lo anterior el Ministerio Público solicita la exclusión de las 28 grabaciones magnetofónicas de interceptación de comunicaciones solicitadas como elementos probatorios por la Fiscalía General de la Nación”, señala Bladimir Cuadros, delegado de la Procuraduría y quien pidió el retiro de esas interceptaciones en el caso del ex presidente Álvaro Uribe Vélez.

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