El cierre de la planta Aguas Claras en Bello no es posible, dado el “latente riesgo o perjuicio ambiental que desencadenaría”.

Así lo sentencia el juez 4 de Medellín al ordenar suspender inmediatamente la medida de cierre de esa planta.

Y agrega el funcionario judicial que ese cierre de la planta Aguas Claras de Bello “afectaría a todo el Valle de Aburrá”.

Por lo que ordena «cesár la acción policiva inmediatamente”.

El Juzgado 4º de Ejecución Civil de Medellín, mediante acción de tutela concedida a EPM, ordena suspender la decisión de un inspector de Bello de cerrar la Planta de Tratamiento Aguas Claras de Bello.

El juez Roberto Carlos Mendoza Reyes, en la aceptación de la tutela contra de la Inspección 1ª de Policía del Municipio de Bello, dice en su artículo 3º que “En la forma solicitada por el apoderado judicial de la entidad accionante, conforme a lo dispuesto en el artículo 7º del decreto 2591 de 1991, el Juzgado considera pertinente conceder la MEDIDA PROVISIONAL, atendiendo el latente riesgo o perjuicio ambiental que desencadenaría la falta de operaciones del tratamiento de aguas residuales y material particulado arrojado al río Medellín, lo que afectaría al área del Valle de Aburrá, ello según los informes técnicos aportados por la entidad accionante.

En consecuencia, mientras se surte este trámite constitucional, se ordena cesar la ejecución u orden policiva de suspensión N 2020-01-010 emitida el 2 de junio de 2020 por la Inspección Primera de Policía del Municipio de Bello (Ant.), so pena que la desatención a la anterior orden, genere las sanciones contempladas legalmente.

Para efectos de lo anterior, comuníquese al inspector que profirió el mencionado acto administrativo…

«… Quien deberá informar inmediatamente del cese de aquella orden, a las demás autoridades encargadas del cumplimiento de la medida policiva cuestionada. (Subrayado propio).