Esta fue la tercera declaración de inocencia de Santiago Uribe en el proceso que se le seguía por dos temas esenciales, uno ser articulador del llamado grupo de limpieza social “los doce apóstoles” y otra tener responsabilidad en la muerte del conductor de bus Camilo Barrientos, acusado de ser auxiliador de la guerrilla en Antioquia.
Los doce apóstoles fue un grupo de “limpieza social” que actúo en el norte de Antioquia, entre los años 1988 y 1998, que hoy es acusado de unos 500 crímenes de ciudadanos acusados simplemente por rumores o otros señalados por ex guerrilleros de ser auxiliadores de los grupos sediciosos.
Uno de sus integrantes, ya comprobado, fue el sacerdote Gonzalo Javier Palacio, entonces párroco en el municipio de Yarumal, y quien bajo el secreto de la confesión conoció muchos secretos de los habitantes y visitantes del municipio.
Esa “cualidad” de “saber cosas” lo llevó a acusar a muchas de las posteriores víctimas de los doce apóstoles.
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La primera declaración de inocencia de Santiago Uribe fue en el año 1999, posteriormente en el año 2000 y ahora, en 2024, después de escucharlo y archivar el proceso por falta de pruebas o por una duda razonable que siempre se falla a favor del acusado.
Ahora, el juez Jaime Herrera, por evidentes inconsistencias en la acusación contra Santiago Uribe, decreta su inocencia por estos datos claves que se extraen de los folios del proceso.
¿En que se equivocó la Fiscalía en el caso de Santiago Uribe?
1. Para el juez fue claro que la Fiscalía cometió errores como que la acusación primero fue como autor de los hechos, luego como coautor impropio, y luego como autor mediato, cambiando el concepto pero sin ampliar o ratificar la gravedad entre la acusación y el juicio.
Así, la Fiscalía no mostraba coherencia entre los hechos mencionados en la acusación y los que se quisieron probar. “No continuó con la línea que adelantó en la diligencia de indagatoria, en la resolución de acusación; aplicó por favorabilidad una disposición con un verbo que no existía; no determinó el tiempo ni el lugar de la ejecución de la conducta punible”
2. Porque los testigos principales, Juan Carlos Meneses, Alexander de Jesús Maya, Eunicio Alfonso Pineda y Olgúan de Jesús Agudelo, entre ellos presentaron inconsistencias en las declaraciones, además de errores de fechas, sitios y eventos sobre los cuales no mantuvieron la rigurosidad y exactitud que la justicia necesita.
Por ejemplo Juan Carlos Meneses fue el único que señaló directamente a Santiago Uribe en la autoría intelectual del crimen de Barrientos, mientras que Amaya (hoy condenado por este delito) dijo que “Uribe no tuvo nada qué ver con ese homicidio”.
Otro testigo, Hernán Betancur Lopera, dijo que Amaya y Meneses organizaron el crimen y señaló como responsables a alias “El Diablo”, “El Gringo”, “El Erizo”, “El Enano”.
3. Porque esos testigos dieron declaraciones “infantiles”, según se lee en el expediente de 218 páginas:
“Es evidente que el comportamiento exhibido por el testigo tiene un matiz infantil, pues deja entrever como, si no obtiene lo que está pretendiendo simplemente guarda silencio como ocurrió en sede de la vista pública, se victimiza diciendo que tiene miedo y alude a que la Fiscalía no le cumplió”, se lee en el fallo.